Código Civil, al haber estado sometido a la patria potestad de un español. • La certificación del Registro Civil local del país de acogida que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país. • Las certificaciones del Registro Civil Consular que acrediten la residencia en el país de acogida, tales como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, entre otras. En consecuencia, para la solicitud de esta certificación habría que tener en cuenta lo señalado para estas certificaciones de nacimiento de los registros españoles. Ha de tratarse de nietos de nacionales españoles ahora no exige que tuvieran que ser de origen, que hubieran perdido la nacionalidad española como consecuencia del exilio. La primera se produce cuando el abuelo o abuela hubiera sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la administración española a los exiliados. Tal documentación es la que acredita que el solicitante cumple los requisitos exigidos para ser beneficiario del derecho de opción en virtud de lo previsto en alguno de los apartados de la disposición adicional séptima.
Además de ser beneficiario del derecho de opción a la nacionalidad española según lo que acabamos de analizar, el ejercicio del mismo requiere el cumplimiento de ciertas condiciones. Certificación que ha de proceder de un Registro Civil español, pues estos últimos han de tener la nacionalidad española al ser precisamente lo que justifica el derecho de opción por el apartado segundo. 20.1 del Código Civil, pero pretenda ahora obtener la nacionalidad de origen acogiéndose al apartado primero de la disposición adicional séptima. Estos nietos que, por su minoría de edad, pudieron ejercitar la opción, no podrían ahora quedar incluidos en la disposición adicional séptima al ser nacionales españoles, aunque no lo sean de origen. En realidad el documento anterior sólo permite relacionar al padre o madre con el abuelo o abuela españoles, cuando son realmente estos últimos los que justifican el derecho de opción que tiene ahora el nieto. El documento que siempre ha de presentar el interesado que opte a la nacionalidad española por cualquiera de estos apartados es la «certificación literal de nacimiento del solicitante expedida por el Registro Civil local en que conste inscrita».
Código Civil para los hijos de los que adquieren la nacionalidad española. La Instrucción de la DGRN remite a las mismas que establece el Código Civil en sus artículos 20.2 y 23, salvo en el requisito de la renuncia a la nacionalidad anterior. A diferencia de estos últimos, a los que les permite que puedan acogerse al apartado primero de la disposición adicional séptima para obtener la nacionalidad de origen, en el caso de los nietos no ha previsto nada al respecto. Esta presunción juega a favor de los nietos, en tanto que al operar, les supone una evidente ventaja en cuanto presupone la condición de exiliado del abuelo(a). En este caso, la presentación de la documentación que lo acredite prueba directamente, es prueba suficiente tanto del exilio, que por supuesto está acreditado con este documento, como de la salida de España. Manuel Summers, donde se contaba la vida del famoso peso pesado español, o El marino de los puños de oro, protagonizada por Pedro Carrasco en una sátira un tanto incomprensible.
Una oferta de trabajo que sirve para poder pedir el permiso y hacerte un contrato. Para entender esta pintura y otras del museo te aconsejamos reservar esta visita guiada en español con un experto o coger esta oferta que incluye también la visita al Prado. La certificación literal de nacimiento del abuelo o abuela español del solicitante. • La certificación del registro de matrícula del Consulado español. Por ello el interesado tiene que presentar, además, la certificación de nacimiento del abuelo(a). No obstante, si el nacimiento hubiera tenido lugar antes de 1870, camisetas de baloncesto nba podrán aportar la certificación de bautismo de los archivos parroquiales como documento acreditativo de la certificación de nacimiento en España del abuelo(a). No hay que presentar ningún otro documento. Del mismo modo, este certificado de bautismo ha de aportarse en el caso de que el archivo civil en que estuviera inscrito hubiera sido quemado o destruido. Finalmente, esencial en este segundo supuesto es la documentación relativa a la condición de exiliado y de la salida de España. El caso que ahora nos interesa viene centrado en el supuesto en que el interesado en el derecho de opción resida en el extranjero (México), que es el que ahora vamos a considerar a efectos del procedimiento.